POLÍTICA Y PARTICIPACIÓN 3
El reconocimiento de las Sociedades y grupos de intereses
especiales, como participantes en el proceso Legislativo, mejorará mucho la
participación y contribución de una manera constructiva, porque aportarán
información y conocimientos, que de otro modo podrían ser excluidos.
* Sin embargo, estas
Sociedades no actuarán como ‘grupos de presión’, ya que ciertamente no querrán ser vistas de esa manera.
* Su objetivo no
consistirá en impulsar sus propios intereses a expensas de los demás, sino
asegurarse que cada punto de vista sea considerado y que toda la experiencia
disponible sea utilizable.
* El motivo para unirse,
será el entusiasmo por un tema, también lo que motivará a participar en los
procedimientos legislativos, será el Amor y profundo respeto por la Libertad.
En la Nueva Era, también estarán representados en los procedimientos
legislativos, los animales y los recursos naturales que comprenderán al medio
ambiente.
* Los recursos naturales
no serán ‘propiedad’ de las personas, ya que
la Tierra y su total entorno natural, pertenecerán a la Madre Gaia, que
permitirá que los humanos que la utilicen durante el tiempo que lo necesiten,
siempre que lo usen con respeto.
* El Principio de
Libertad se aplicará igualmente en el uso de la Tierra, para que no sea
utilizada de manera dañina para la Madre Naturaleza, o para otros humanos, o
formas de vida.
* Esto se reflejará en términos prácticos, a lo largo de los
procedimientos de planificación legislativa y de uso de recursos. El medio
ambiente natural, la totalidad de los recursos naturales que constituyen a la
Madre Tierra, estará reconocido en la Constitución y en todos los procedimientos
legislativos, como una entidad legal en su propio derecho, representada por un
abogado.
* El medio ambiente
natural, tendrá sus propios derechos de respeto, protección y manejo, y todos
los usos propuestos de los recursos naturales, deberán considerarse desde el
punto de vista único del medio ambiente.
* Por lo tanto, siempre
se consultará al Ser Planetario de la Madre Tierra Gaia, antes de realizarse
cambios importantes en la superficie, como túneles, minería, represas de vías
fluviales, etc.
* Del mismo modo, el
Reino Animal y otras formas de vida, también estarán representados por un
abogado, para garantizar que sus derechos a vivir sus propias vidas a su
manera, sean respetados en todo momento. Cuando una Propuesta Legislativa haya
sido ampliamente debatida y todas las partes hayan sido escuchadas, los
Legisladores profesionales del Servicio Legislativo, formularán un proyecto de
Ley.
* Sin embargo, los
miembros del personal no son ‘políticos profesionales’ in situ de por vida.
* Serán académicos,
escritores, investigadores y activistas extraídos de los campos político,
económico y constitucional, o a veces, simplemente ciudadanos comunes que
sienten que podrían tener una perspectiva nueva para contribuir.
* Estas personas se
unirán al Servicio Legislativo a petición propia o por invitación, por un
período de tres años.
* Un segundo periodo,
normalmente no se cumplirá de inmediato, pero un Miembro podrá regresar después
de un mínimo de cuatro años de ausencia.
* De esta manera, se
evitará una atmósfera de ‘ateneo’ o de una perspectiva propia, estrechamente definida, para que los
pensamientos frescos sean traídos regularmente.
* Los miembros del
Servicio Legislativo, serán remunerados de acuerdo con las escalas del
estándar, tampoco existirán las ‘cuentas de gastos’. Si un Proyecto de Ley es formulado y acordado por todas las
partes interesadas, como un reflejo los más preciso posible del Principio de
Libertad, será aprobado como una propuesta por el Ejecutivo Nacional
Constitucional.
* El Ejecutivo Nacional
Constitucional., tendrá la responsabilidad específica de garantizar que el
proceso de debate y de así que la Ley propuesta refleje con precisión, al
Principio de Libertad.
* Cuando esto haya sido
aprobado, pasará luego al Ejecutivo Constitucional Mundial para la verificación
final, de una correcta interpretación de los fundamentos del Principio
gobernante.
* El propósito de
cualquier Ley, será prevenir o minimizar una imposición de daño específica y
claramente identificada, por una o varias personas, sobre otro u otros
individuos, Si la Ley tiene éxito en este objetivo, será aprobada, si se queda
corta, o si excede su objetivo, e inicie de esta forma una nueva imposición por
parte del gobierno, deberá ser devuelta para su revisión.
*Tras la verificación
por el Ejecutivo Nacional Constitucional, las Propuestas Legislativas serán
pasadas a las Agencias Administrativas de Justicia y de Aplicación para su
publicación, información pública.
* Sólo entonces, las
propuestas legislativas serán promulgadas formalmente y obtendrán la ‘Fuerza de Ley’. Resultará
extremadamente importante, que las Agencias Administrativas y de Ejecución no
distorsionen la Ley de ninguna manera, y que su personal se comporte
correctamente.
* El Ejecutivo Nacional
Constitucional, tendrá la obligación de monitorear continuamente a las Agencias
Administrativas y de Cumplimiento, para garantizar que su conducta cumpla en
todo momento, con las disposiciones de la Constitución.
* La ejecución, en el
sentido de administración consultiva, en general, contribuirá con todo lo que
sea necesario.
* Por ejemplo, esto
incluirá a la inspección de los dispositivos de pesaje y medición utilizados en
el comercio minorista, o las normas de higiene empleadas en la preparación de
los alimentos para el consumo público.
* Una fuerza física real,
similar a la ejercida por las antiguas estructuras policiales, estarán
disponibles para proteger al público contra los transgresores de la Ley, aunque
en la quinta dimensión, estos casos serán extremadamente raros. El proceso
legislativo, también preverá la revisión de cualquier Ley, en cualquier
momento, ya sea por la Legislatura, o por el Ejecutivo Constitucional Regional,
cuando así lo soliciten las agencias administrativas, judiciales o de
cumplimiento.
* Esto podrá ser
ocasionado, cuando el detalle de una Ley sea ambiguo o poco práctico en su
aplicación, o haya quedado obsoleto.
* Los diversos Ejecutivos
constitucionales nacionales, se coordinarán regularmente, a nivel planetario, a
través del Consejo Constitucional Planetario Supremo de la Tierra, para
garantizar la coherencia de la Ley siempre que sea posible.
ERIC KLEIN (CONTINÚA EN LA PARTE 31)
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