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martes, 26 de febrero de 2019

POLÍTICA Y PARTICIPACIÓN 3 * Los recursos naturales no serán ‘propiedad’ de las personas, ya que la Tierra y su total entorno natural, pertenecerán a la Madre Gaia, MENSAJE DE LA NUEVA TIERRA - LIBRO 3 – PARTE 30 LA VIDA EN LA NUEVA EDAD CAPÍTULO 10





 POLÍTICA Y PARTICIPACIÓN 3


El reconocimiento de las Sociedades y grupos de intereses especiales, como participantes en el proceso Legislativo, mejorará mucho la participación y contribución de una manera constructiva, porque aportarán información y conocimientos, que de otro modo podrían ser excluidos.

* Sin embargo, estas Sociedades no actuarán como grupos de presión, ya que ciertamente no querrán ser vistas de esa manera.

* Su objetivo no consistirá en impulsar sus propios intereses a expensas de los demás, sino asegurarse que cada punto de vista sea considerado y que toda la experiencia disponible sea utilizable.

* El motivo para unirse, será el entusiasmo por un tema, también lo que motivará a participar en los procedimientos legislativos, será el Amor y profundo respeto por la Libertad. En la Nueva Era, también estarán representados en los procedimientos legislativos, los animales y los recursos naturales que comprenderán al medio ambiente.

* Los recursos naturales no serán propiedad de las personas, ya que la Tierra y su total entorno natural, pertenecerán a la Madre Gaia, que permitirá que los humanos que la utilicen durante el tiempo que lo necesiten, siempre que lo usen con respeto.

* El Principio de Libertad se aplicará igualmente en el uso de la Tierra, para que no sea utilizada de manera dañina para la Madre Naturaleza, o para otros humanos, o formas de vida.

* Esto se reflejará en términos prácticos, a lo largo de los procedimientos de planificación legislativa y de uso de recursos. El medio ambiente natural, la totalidad de los recursos naturales que constituyen a la Madre Tierra, estará reconocido en la Constitución y en todos los procedimientos legislativos, como una entidad legal en su propio derecho, representada por un abogado.

* El medio ambiente natural, tendrá sus propios derechos de respeto, protección y manejo, y todos los usos propuestos de los recursos naturales, deberán considerarse desde el punto de vista único del medio ambiente.

* Por lo tanto, siempre se consultará al Ser Planetario de la Madre Tierra Gaia, antes de realizarse cambios importantes en la superficie, como túneles, minería, represas de vías fluviales, etc.

* Del mismo modo, el Reino Animal y otras formas de vida, también estarán representados por un abogado, para garantizar que sus derechos a vivir sus propias vidas a su manera, sean respetados en todo momento. Cuando una Propuesta Legislativa haya sido ampliamente debatida y todas las partes hayan sido escuchadas, los Legisladores profesionales del Servicio Legislativo, formularán un proyecto de Ley.

* Sin embargo, los miembros del personal no son políticos profesionales in situ de por vida.

* Serán académicos, escritores, investigadores y activistas extraídos de los campos político, económico y constitucional, o a veces, simplemente ciudadanos comunes que sienten que podrían tener una perspectiva nueva para contribuir.

* Estas personas se unirán al Servicio Legislativo a petición propia o por invitación, por un período de tres años.

* Un segundo periodo, normalmente no se cumplirá de inmediato, pero un Miembro podrá regresar después de un mínimo de cuatro años de ausencia.

* De esta manera, se evitará una atmósfera de ateneo o de una perspectiva propia, estrechamente definida, para que los pensamientos frescos sean traídos regularmente.

* Los miembros del Servicio Legislativo, serán remunerados de acuerdo con las escalas del estándar, tampoco existirán las cuentas de gastos. Si un Proyecto de Ley es formulado y acordado por todas las partes interesadas, como un reflejo los más preciso posible del Principio de Libertad, será aprobado como una propuesta por el Ejecutivo Nacional Constitucional.

* El Ejecutivo Nacional Constitucional., tendrá la responsabilidad específica de garantizar que el proceso de debate y de así que la Ley propuesta refleje con precisión, al Principio de Libertad.

* Cuando esto haya sido aprobado, pasará luego al Ejecutivo Constitucional Mundial para la verificación final, de una correcta interpretación de los fundamentos del Principio gobernante.

* El propósito de cualquier Ley, será prevenir o minimizar una imposición de daño específica y claramente identificada, por una o varias personas, sobre otro u otros individuos, Si la Ley tiene éxito en este objetivo, será aprobada, si se queda corta, o si excede su objetivo, e inicie de esta forma una nueva imposición por parte del gobierno, deberá ser devuelta para su revisión.

*Tras la verificación por el Ejecutivo Nacional Constitucional, las Propuestas Legislativas serán pasadas a las Agencias Administrativas de Justicia y de Aplicación para su publicación, información pública.

* Sólo entonces, las propuestas legislativas serán promulgadas formalmente y obtendrán la Fuerza de Ley. Resultará extremadamente importante, que las Agencias Administrativas y de Ejecución no distorsionen la Ley de ninguna manera, y que su personal se comporte correctamente.

* El Ejecutivo Nacional Constitucional, tendrá la obligación de monitorear continuamente a las Agencias Administrativas y de Cumplimiento, para garantizar que su conducta cumpla en todo momento, con las disposiciones de la Constitución.

* La ejecución, en el sentido de administración consultiva, en general, contribuirá con todo lo que sea necesario.

* Por ejemplo, esto incluirá a la inspección de los dispositivos de pesaje y medición utilizados en el comercio minorista, o las normas de higiene empleadas en la preparación de los alimentos para el consumo público.

* Una fuerza física real, similar a la ejercida por las antiguas estructuras policiales, estarán disponibles para proteger al público contra los transgresores de la Ley, aunque en la quinta dimensión, estos casos serán extremadamente raros. El proceso legislativo, también preverá la revisión de cualquier Ley, en cualquier momento, ya sea por la Legislatura, o por el Ejecutivo Constitucional Regional, cuando así lo soliciten las agencias administrativas, judiciales o de cumplimiento.

* Esto podrá ser ocasionado, cuando el detalle de una Ley sea ambiguo o poco práctico en su aplicación, o haya quedado obsoleto.

* Los diversos Ejecutivos constitucionales nacionales, se coordinarán regularmente, a nivel planetario, a través del Consejo Constitucional Planetario Supremo de la Tierra, para garantizar la coherencia de la Ley siempre que sea posible.

ERIC KLEIN (CONTINÚA EN LA PARTE 31)




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